Perro y gato acariciándose.

Corte Constitucional reafirma que los animales son seres sintientes: ¿Qué cambia en Colombia?

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Introducción

Durante décadas, los animales en Colombia han sido tratados legalmente como “bienes muebles”, una categoría que los equipara a objetos, herramientas o propiedades. Pero esa visión está cambiando. En una decisión histórica, la Corte Constitucional reafirmó que los animales son seres sintientes, capaces de experimentar dolor, miedo, alegría y vínculos afectivos. Esta sentencia no solo modifica el lenguaje de una ley: redefine nuestra relación con los animales y exige una transformación profunda en cómo los protegemos, educamos y convivimos con ellos.

En Ooh! Cachorros, celebramos este avance como un paso crucial hacia una adopción más consciente y respetuosa. Porque si los animales son seres sintientes, entonces cada ficha de adopción, cada seguimiento, cada decisión ética que tomamos como plataforma importa aún más.

¿Qué pasó?

El 6 de agosto de 2025, la Corte Constitucional de Colombia emitió la Sentencia C-332 de 2025, en respuesta a una demanda contra el lenguaje utilizado en el Código de Ética de la Ley 576 de 2000, que regula el ejercicio profesional de veterinarios y zootecnistas. El texto original contenía expresiones como “los animales son medios que sirven al hombre”, una formulación que, aunque común en marcos técnicos antiguos, perpetúa una visión instrumental y utilitarista de los seres vivos.

La Corte declaró que este tipo de lenguaje es incompatible con el artículo 79 de la Constitución, que reconoce a los animales como seres sintientes. Esta condición implica que los animales no pueden ser tratados como simples objetos o recursos, sino como sujetos de especial protección jurídica, capaces de experimentar dolor, placer, miedo y vínculos afectivos.

En consecuencia, el fallo ordenó la eliminación de esas expresiones del Código de Ética y reafirmó que la dignidad animal debe ser un principio rector en la práctica profesional. Esto no solo transforma el lenguaje legal, sino que obliga a una revisión profunda de los enfoques educativos, éticos y operativos en el sector veterinario.

Este precedente se suma a otros avances legislativos como la Ley 1774 de 2016, que ya había introducido el concepto de “ser sintiente” en el ordenamiento jurídico colombiano, pero que ahora recibe un respaldo explícito desde la Corte Constitucional.

¿Qué significa “ser sintiente”?

Reconocer a los animales como seres sintientes implica aceptar que no son objetos, ni recursos, ni herramientas al servicio humano. Son seres vivos capaces de experimentar emociones, dolor físico, placer, miedo, angustia, bienestar y vínculos afectivos. Esta condición no es solo biológica o filosófica: tiene consecuencias jurídicas, éticas y sociales profundas.

Desde el punto de vista legal, la sintiencia es el fundamento que permite otorgar a los animales un régimen especial de protección, distinto al que se aplica a bienes materiales. Aunque el Código Civil colombiano aún los clasifica como “bienes muebles”, la Corte Constitucional ha aclarado que esta es una ficción jurídica que no puede justificar el maltrato, la negligencia o el uso instrumental de los animales.

En términos éticos, la sintiencia obliga a repensar nuestra relación con ellos: ya no basta con evitar el sufrimiento físico. Debemos considerar su bienestar emocional, su entorno, sus vínculos y su capacidad de adaptación. Esto transforma desde la medicina veterinaria hasta la forma en que diseñamos procesos de adopción, crianza, transporte y convivencia.

Implicaciones jurídicas y profesionales

El reconocimiento constitucional de los animales como seres sintientes no es solo simbólico: tiene efectos concretos en la legislación, la formación académica y el ejercicio profesional. La Sentencia C-332 de 2025 marca un antes y un después en cómo se entiende la relación entre humanos y animales en Colombia.

🛡️ Protección jurídica reforzada

Aunque el Código Civil colombiano aún clasifica a los animales como “bienes muebles”, la Corte Constitucional ha reiterado que esta es una ficción jurídica que no puede justificar el maltrato, la negligencia ni el uso instrumental. Los animales están amparados por el artículo 79 de la Constitución, que prohíbe el maltrato injustificado y exige un régimen especial de protección.

Esto significa que:

  • Las autoridades deben actuar ante casos de crueldad, abandono o negligencia, incluso si no hay daño patrimonial.
  • Las decisiones judiciales deben considerar el bienestar del animal como parte del interés jurídico.
  • Las plataformas de adopción, refugios y veterinarios tienen una responsabilidad activa en garantizar condiciones dignas y trazables.

🎓 Transformación académica

Las facultades de medicina veterinaria y zootecnia deberán actualizar sus planes de estudio para incorporar esta nueva visión ética. Ya no basta con enseñar técnicas clínicas o productivas: se requiere formación en bienestar animal, bioética, derecho animal y comunicación empática con adoptantes y tutores.

Esto implica:

  • Nuevos módulos sobre sintiencia, dignidad animal y legislación comparada.
  • Prácticas profesionales centradas en el bienestar integral, no solo en la eficiencia técnica.
  • Evaluación crítica de modelos productivos que priorizan rentabilidad sobre bienestar.

🩺 Cambio en la práctica profesional

Veterinarios y zootecnistas ya no pueden justificar intervenciones solo por utilidad humana o eficiencia económica. La salud, el bienestar emocional y la dignidad del animal deben ser el centro de toda decisión clínica, zootécnica o educativa.

Esto transforma:

  • La forma en que se decide sobre eutanasias, cirugías, reproducción o transporte.
  • La relación con tutores, adoptantes y refugios, que debe ser más pedagógica y empática.
  • La ética profesional, que ahora exige considerar al animal como sujeto de derechos, no como recurso.

¿Qué significa esto para la adopción?

El reconocimiento legal de los animales como seres sintientes transforma radicalmente la forma en que concebimos la adopción. Ya no se trata de “entregar una mascota”, sino de facilitar un vínculo entre seres con derechos, emociones y necesidades. Para plataformas como Ooh! Cachorros, este fallo no solo valida el enfoque que ya venimos promoviendo, sino que exige ir aún más lejos en términos de trazabilidad, empatía y corresponsabilidad.

📋 Fichas de adopción más cuidadosas y respetuosas

Cada ficha publicada debe reflejar la singularidad del animal: su historia, temperamento, necesidades médicas, nivel de socialización y contexto emocional. Esto implica:

  • Evitar lenguaje cosificador (“se entrega”, “se regala”) y usar expresiones que reconozcan al animal como sujeto (“busca familia”, “espera un hogar responsable”).
  • Incluir información relevante para una adopción consciente: nivel de energía, compatibilidad con niños u otros animales, rutinas, miedos, etc.
  • Usar fotografía emocional y narrativa que conecte con el adoptante desde la empatía, no desde la lástima.

🔄 Seguimiento post-adopciónn como responsabilidad compartida

Reconocer la sintiencia implica que la responsabilidad no termina con la entrega. El seguimiento post-adopción se convierte en una herramienta ética y operativa para garantizar el bienestar del animal a largo plazo:

  • Encuestas periódicas, recordatorios automatizados y canales abiertos para reportar problemas o solicitar apoyo.
  • Protocolos para reincorporación en caso de incompatibilidad, siempre priorizando el bienestar del animal.
  • Espacios para compartir avances, fotos y testimonios que fortalezcan el vínculo y la comunidad adoptante.

🔍 Mayor trazabilidad y transparencia en el proceso

La sintiencia exige que cada paso del proceso sea trazable, verificable y transparente. Esto fortalece la confianza entre refugios, adoptantes y plataformas:

  • Historial público (o semipúblico) de cada animal: refugio de origen, fecha de ingreso, tratamientos recibidos, evaluaciones de comportamiento.
  • Registro de visitas, entrevistas y validaciones previas a la adopción.
  • Sistema de reportes y moderación para garantizar que los adoptantes cumplan con los compromisos adquiridos.

Conclusión

El fallo de la Corte Constitucional no es solo una corrección legal: es una invitación a evolucionar como sociedad. Reconocer a los animales como seres sintientes nos obliga a revisar nuestras prácticas, nuestros lenguajes y nuestras decisiones cotidianas. Ya no basta con evitar el maltrato; ahora debemos construir entornos donde el bienestar animal sea parte integral de nuestras políticas, nuestras plataformas y nuestras relaciones.

Referencias:

  1. Sentencia C-332 de 2025 – Teleantioquia
  2. ¿Qué significa que la Corte declare a los animales seres sintientes en Colombia? – El Colombiano
  3. Texto completo de la Ley 576 de 2000 – Función Pública
  4. Ley 1774 de 2016 – Protección Animal

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